Ya tengo mi local preparado y ya solo me falta terminar los papeles para la licencia de apertura. ¿QUE NECESITARÉ DEL TEMA DE RUIDOS?
Una vez terminado su local y previo a la puesta en funcionamiento de la actividad deberá presentar inexcusablemente Certificado del Cumplimiento del Artículo 26 de Decreto 19/97 de la Junta de Extremadura.
Nosotros le haremos el certificado que usted necesita. Llámenos.
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