La Audiencia ordena el cierre de ocho locales de copas en Cáceres
La Audiencia Provincial de Cáceres ha dictado un auto por el que ordena el cierre cautelar de ocho locales de copas de la zona de La Madrila de la capital cacereña ante las molestias por ruido que ocasionan a sus vecinos. Se trata de Machiavello, Latino's, Barroco, Submarino y la Discoteca Down, en la plaza de Albatros, en La Madrila Baja; y La Cuerda, La Belle y Pasadena, en la Madrila Alta. También se pedía esta medida respecto al Póker Copas, pero como este se cerró hace meses, lógicamente no le afecta.
Esta orden no será efectiva hasta dentro de un mes o mes y medio, que es el tiempo que se estima se prolongarán los trámites judiciales que habrán de seguirse ahora para que el Juzgado Instructor proceda al precinto de los mismos. Y una vez que sea efectiva, los locales podrían estar cerrados hasta un año, tiempo que aproximadamente tardará en resolverse la querella presentada por la Asociación Cacereños Contra el Ruido.
Será así si contra la resolución de la Audiencia Provincial no cabe recurso, ya que en caso contrario habría que esperar la resolución de instancias superiores. Esto es algo que estudiaban ya ayer algunos abogados de los locales afectados, como el letrado cacereño Angel Luis Aparicio, que según indicó a este diario "es muy posible que este auto de la Audiencia no sea firme y podamos recurrir en casación ante el Tribunal Supremo, algo que sin duda vamos a hacer".
ANTES DESESTIMADA La clausura provisional de estos ocho bares cacereños la resolvió ayer la Audiencia al estimar el recurso presentado por la Asociación Cacereños Contra el Ruido, que la solicitó hace ya algunos meses. Y ello, mientras el Juzgado de Instrucción 6 resuelve respecto a la querella presentada contra un total de 16 locales de esta zona de ocio cacereña, así como contra la exalcaldesa, Carmen Heras, y dos concejales de la anterior corporación municipal, Carlos Jurado y Miguel López, en su caso por un presunto delito de prevaricación medioambiental "por no actuar ante los graves problemas de contaminación acústica" generados por los locales.
La Fiscalía se mostró contraria a esta medida cautelar, y también el Juzgado instructor, que ya el 22 de junio pasado dictó un auto en el que se denegaba la adopción de las medidas cautelares solicitadas por la asociación denunciante alegando la falta de individualización de los ruidos y molestias, el no poder saberse a ciencia cierta cuáles provenían de la gente que se aglomera en la calle y cuáles de los locales.
Ante esa falta de individualización el juez resolvía que era "imposible acordar lo solicitado por la querellante", pero Cacereños Contra el Ruido no cedió y recurrió el auto judicial ante la Audiencia, que ahora les ha dado la razón. Estima su recurso y acuerda la clausura de los locales de ocio ya mencionados.
LOS ARGUMENTOS La sección segunda de la Audiencia ha decidido hacer caso a Cacereños Contra el Ruido, y ello en base a una serie de hechos y argumentos que expone a lo largo de la veintena de folios de que consta su auto.
En él resuelve que la situación estudiada "presenta indicios de ilicitud penal", que la infracción que se vislumbra "es un delito permanente de consumación anticipada que nace al mundo jurídico desde el momento en que surge una situación que conlleva un peligro para el medio ambiente, debiéndose de recordar que desde el 2007 la situación denunciada sigue igual".
Y una situación como la presente, se añade, que lleva mucho tiempo "sin ser abordada ni resuelta", que "afectaba y afecta al medio ambiente y a las personas que han formulado la querella", llevan a adoptar las medidas legalmente previstas "que permitan la cesación de las actividades indiciariamente delictivas que han originado los ruidos y molestias que se denuncian y que se han constando".
También hace constar la Audiencia en su auto que dichos ruidos y molestias "provienen de los locales denunciados" y que de ellos "son conscientes las personas que regentan los mismos, que no han puesto los medios para solventar la situación a pesar de los varios avisos que han tenido a lo largo del tiempo".
Y en base a todo ello, resuelve que "como se dan y se cumplen todos los requisitos legalmente exigidos, se han de acordar las medidas cautelares" solicitadas. "porque en principio (y sin perjuicio de lo que resulte) la legalidad penal ha sido infringida y pide que se actúe en consecuencia"







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